SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0782/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0782/2007-R

Fecha: 02-Oct-2007

III.4.

III.4. Respecto de los demás derechos invocados por el recurrente, corresponde aplicar el principio de subsidiariedad del recurso de amparo constitucional, toda vez que esta acción tutelar no puede ser interpuesta mientras no se hubiese hecho uso de los recursos ordinarios o administrativos y, en caso de haber sido utilizados, los mismos deberán ser agotados (SC 1337/2003-R de 15 de septiembre), esto en función a que como emergencia del presente fallo, queda pendiente de resolución, la solicitud de prescripción efectuada por el Banco Nacional de Bolivia S.A. que debe ser resuelta por el Gobierno Municipal de La Paz.