SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0797/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0797/2007-R

Fecha: 02-Oct-2007

II.2.

II.2.     Por Resolución de 5 de diciembre de 2006, la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal de Cochabamba, dispuso la detención preventiva del ahora recurrente, con los siguientes fundamentos: 1. Se ha probado la existencia del hecho y la probable autoría del imputado, que ha sido reconocido como tal por la víctima; 2. En cuanto al riesgo de fuga, el imputado ha acreditado tener una familia constituida, trabajo establecido y domicilio conocido; 3. Existe el riesgo de obstaculización de la averiguación de la verdad, toda vez que el imputado se encuentra plenamente vinculado con el núcleo familiar de la víctima, ya que estaría casado o concubinado con la tía de la víctima, existiendo, en consecuencia, una relación familiar, más aún si del informe psicológico se puede establecer que el imputado intentó sobornar a la víctima para evitar que se presente la denuncia correspondiente, presentándose, en consecuencia, el peligro de obstaculización previsto por el art. 235 incs. 1) y 2) (fs.5).