SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0797/2007-R
Fecha: 02-Oct-2007
II.6.
II.6. Por memorial presentado el 26 de junio de 2007, presentó recurso de apelación contra la indicada Resolución, indicando que se ha acreditado en forma fehaciente la inexistencia de peligro de fuga, conforme concluyeron las Resoluciones de 5 de diciembre de 2006 y de 11 de enero de 2007; que no existe relación filial entre la supuesta víctima y su persona, adjuntando un “certificado de solterío” expedido por la Corte Electoral de Cochabamba; que no se tomaron en cuenta los certificados médicos del penal, que evidencian que padece de hipertensión arterial y gastritis crónica; que corre el riesgo de tener un paro cardiaco en cualquier momento, que siempre ha tenido una conducta intachable (fs. 34 a 35 vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1.
- 1.
- 2.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- El juez salvará los defectos u omisiones de derecho que fuesen advertidos en el recurso
- Fragmento 16
- III.2. La facultad de valoración de la prueba y el caso analizado