AUTO CONSTITUCIONAL 0205/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0205/2007-RCA

Fecha: 12-Dic-2007

    Disponer que el Tribunal de amparo otorgue al recurrente el plazo de 48 horas para que subsane la observación extrañada, referida a señalar el nombre y domicilio del tercero interesado, conforme a lo establecido por el art. 98 de la LTC; y de ser así, ADMITA el recurso interpuesto por Alcides Vidal Adrián Calcina en representación legal de Antonia Aquino Cutimbo y en audiencia pública de consideración, determine lo que corresponda en derecho concediendo o denegando la tutela.