AUTO CONSTITUCIONAL 0205/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0205/2007-RCA

Fecha: 12-Dic-2007

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente refiere que su poderdante formalizó querella y acusación particular en contra de Emeterio Ilaya Mamani y su hijo Max Ramiro Ilaya Aguilar por los delitos de despojo y perturbación de la posesión, quienes en la audiencia de juicio plantearon excepciones que fueron rechazados por no ajustarse a procedimiento, situación ante la cual, plantearon apelación incidental que de igual forma no cumplió con las formalidades requeridas; sin embargo, una vez sorteada la causa a la Sala Penal Tercera no fue radicada, admitida ni determinada su procedencia, pronunciando sus miembros ahora recurridos la Resolución 50/2007, disponiendo la revocatoria del Auto apelado, declarando probadas las excepciones de falta de acción e incompetencia y consiguientemente el archivo de obrados, Auto que efectúa un pronunciamiento oficioso sobre el fondo del proceso sin que se haya sustanciado el juicio y sobre elementos no señalados ni expresados en la apelación, vulnerando el derecho a la seguridad jurídica y la garantía del debido proceso de su representada. En consecuencia, corresponde determinar en revisión si el Tribunal de amparo obró correctamente al rechazar el presente recurso.