AUTO CONSTITUCIONAL 0221/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0221/2007-RCA

Fecha: 12-Dic-2007

II.

Habiendo presentado los recurrentes recurso de amparo constitucional, la Comisión de Admisión de este Tribunal en revisión de la Resolución de 11 de marzo de 2006, por AC 0172/2007-RCA de 4 de julio, dispuso que el Tribunal de amparo previo a la admisión del recurso, otorgue el plazo de cuarenta y ocho horas a efecto de que se cite a los terceros interesados y se presente prueba en la que fundan su pretensión.  En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si existen o no, las causales de improcedencia o inactivación del recurso de amparo constitucional, motivados por el Tribunal de amparo.