AUTO CONSTITUCIONAL 0222/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0222/2007-RCA

Fecha: 12-Dic-2007

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente refiere que dentro del conflicto colectivo seguido por el Sindicato de Obras Públicas Municipales contra la Honorable Alcaldía Municipal de Cochabamba, el Tribunal Arbitral constituido de forma anómala falló irregularmente, en forma ultrapetita y en franco desmedro del límite de sus competencias por la restitución del incentivo funcional no cancelado, servicio de té (refrigerio), bono de transporte, bono de antigüedad, recargo nocturno y pago de horas extraordinarias no pagadas desde 1999, Sentencia arbitral con la que se notificó a la Alcaldía, que representa con la concurrencia de otras anomalías y defectos sustanciales como el no pronunciamiento de cosa juzgada vinculada al Auto Supremo 294, la consignación de “unanimidad” en la Resolución decisoria cuando existía disidencia, así como el desconocimiento relativo a que la Contraloría General de la República generó responsabilidad contra las autoridades ediles de varios municipios por haber realizado pagos carentes de legalidad. En consecuencia, corresponde determinar en revisión si el Tribunal de garantías obró correctamente al disponer la improcedencia in limine del recurso.