AUTO CONSTITUCIONAL 0232/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0232/2007-RCA

Fecha: 12-Dic-2007

Fragmento 1

En revisión la Resolución de 17 de agosto de 2007, cursante de fs. 98 a 99, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Ramiro Andrade Gutiérrez en representación legal de José Bejar Jiménez y Federico “Irriberry” Paz Soldán contra Gualberto Terrazas Ibáñez, Juez Doceavo de Partido en lo Civil del mismo Distrito Judicial, por haber vulnerado “el valor supremo 'justicia' (…), los principios de seguridad jurídica y de Estado de Derecho (…), las garantías constitucionales de acceso a la justicia (…) y al debido proceso (…) y los derechos fundamentales  de ser oído y juzgado (…), de acceso a la justicia, de defensa (…) y a la petición” (sic), señalando al efecto los arts. 7 incs. a) y h), 8 inc. a), 16.II y IV, 32, 35, 116.VII y X, 228 y 229 de la Constitución Política del Estado (CPE).