Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0810/2007-R
Fecha: 06-Dic-2007
II.5.
II.5. Contra la Sentencia de 28 de febrero de 2005, la ejecutada interpuso recurso de apelación el 10 de marzo del mismo año (fs. 34 a 35), que fue concedido en el efecto devolutivo mediante Auto de 22 del mismo mes y año, debiendo la apelante proveer los recaudos necesarios en el plazo de cuarenta y ocho horas, de su notificación bajo conminatoria de aplicarse lo previsto por el art. 243 del CPC (fs. 37 vta.).