SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0812/2007-R
Fecha: 06-Dic-2007
II.5.
II.5. El recurrente, mediante su apoderada debidamente acreditada, interpuso recurso de casación en la forma y anulación contra la Sentencia agraria (fs. 115 a 119), instancia en la cual el recurrente promueve recurso incidental o indirecto de inconstitucionalidad del art. 51 del Reglamento de Administración de Personal del Tribunal Agrario Nacional, aprobado mediante Acuerdo de Sala Plena 020/99 de 20 de diciembre de 1999, referido a que “son días inhábiles los días sábados, domingos y días feriados establecidos por ley” (fs. 126 a 127 vta.), que fue rechazado por Auto de 4 de julio de 2006 (fs. 131 vta.) y aprobado por el Tribunal Constitucional, mediante su Comisión de Admisión a través del AC 342/2006-CA de 12 de julio.