SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0842/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0842/2007-R

Fecha: 11-Dic-2007

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente solicita la tutela del derecho de la empresa que representa, a la seguridad jurídica y la garantía del debido proceso en su elemento del non bis in idem, consagrados en los arts. 7 inc. a) y 16.IV de la CPE; los cuales considera lesionados por los recurridos, quienes, al ser la Empresa Petrolera Andina S.A., sujeto pasivo del IUE de manera directa e indirecta, procedieron a fiscalizar el periodo comprendido entre abril de 1999 y marzo de 2002, emitiendo Resolución Determinativa de adeudo tributario; luego, recibieron notificación con un nuevo inicio de fiscalización de algunos de los mismos periodos, con el argumento de que la primera había sido efectuada sólo para algunos elementos del tributo; empero, considera que el hecho generador del IUE no es fraccionable. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de la empresa mandante del recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.