SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0853/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0853/2007-R

Fecha: 12-Dic-2007

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 10 de agosto de 2007, cursante de fs. 1 a 2, el recurrente asevera que el día miércoles 8 de agosto de 2007 a horas 22:30, fue aprehendido en inmediaciones de la plazuela del Estudiante en circunstancias en que se encontraba transitando, momentos antes había conversado con dos de sus conciudadanos -brasileños-, por lo que cuando fue interceptado por ciudadanos bolivianos que se identificaron como policías, le aprehendieron y le trasladaron a instalaciones de la FELCC, donde le pusieron a disposición de la fiscal de turno Débora Olivera -recurrida-.

Señala, que su persona no cometió ningún delito al momento en que le aprehendieron; sin embargo, en forma arbitraria y con abuso de autoridad fue detenido sin que exista prueba y se establezca su responsabilidad en cualquier hecho delictual, de acuerdo a lo establecido en los arts. 132 (asociación delictuosa) y 293 (amenazas) del Código Penal (CP), que se habrían vertido contra alguien; por lo que el acto de la detención ilegal no se adecua a lo previsto por los arts. 225, 226 y 230 del Código de Procedimiento Penal (CPP), ya que en el momento de su detención él -recurrente- no realizaba ningún acto que afecte normas legales ni tampoco que afecte a persona alguna y, el hecho que su persona -recurrente- tenga en su poder un arma de fuego, no es un delito ya que dicha arma le dieron para vender y que recibiría una comisión.