SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0868/2007-R
Fecha: 12-Dic-2007
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
La recurrente interpone recurso de hábeas corpus contra Juan Mejía Coca y Eloy Avendaño Menchaca, Vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, solicitando se declare procedente el recurso, disponiendo que las autoridades recurridas pronuncien nueva resolución en la cual si bien se ha procedido a anular un acto procesal por inobservancia a normas procesales, se motive debidamente cual es el fundamento legal de aquella determinación, asimismo siendo que el Auto de 21 de junio de 2007 ha sido pronunciado en audiencia pública de imposición de medida cautelar, se disponga la realización de una nueva audiencia con el mismo fin, sin sugerir los fundamentos legales a considerar por la autoridad que vaya a realizar o reponer el acto procesal anulado.