SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0868/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0868/2007-R

Fecha: 12-Dic-2007

II.2.

II.2.  Contra la Resolución de medida cautelar, el imputado planteó apelación incidental en la misma audiencia pública, recurso que radicado en la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, es resuelto por Auto de Vista de 11 de julio de 2007 emitido por los Vocales correcurridos, que anuló el Auto apelado de 21 de junio de 2007, disponiendo se pronuncie otro que contemple principalmente lo señalado por el art. 124 del CPP y además que sea resultado de un análisis integral conforme a los arts. 233, 234 y 235 del CPP, con la debida fundamentación, sin disponer la libertad del imputado.

La defensa, en la misma audiencia, solicitó enmienda respecto a la enunciación en el fallo el art. 235 del CPP, el que no fue contemplado por la Jueza cautelar, siendo deferida la petición de la siguiente manera: “Se enmienda el Auto en el decisum expresando que la Jueza cautelar haga un análisis integral del art. 233 y 234 del CPP, por lo demás se mantiene el pronunciado en la presente fecha” (fs. 1 a 4).