AUTO CONSTITUCIONAL 0042/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0042/2007-RCA

Fecha: 06-Feb-2007

improcedente

La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, constituida en Tribunal de amparo, por Resolución de 19 de octubre de 2006, cursante a fs. 40 y vta., declaró improcedente el recurso, señalando que los recurrentes utilizaron en su amparo argumentos similares a los ya sostenidos en anteriores recursos constitucionales (amparo constitucional y recurso directo de nulidad), por lo que en el marco del principio de cosa juzgada constitucional las decisiones emitidas dentro de la tramitación de un amparo tienen la calidad de cosa juzgada y no pueden impugnarse mediante otro amparo.