SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0059/2007-R
Fecha: 08-Feb-2007
después de más de cinco meses
El 26 de abril de 2004, el recurrente solicitó la revisión de los expedientes de los dos postulantes y de sus calificaciones obtenidas; reiterando sus pedidos, hasta el 10 de septiembre de 2004. Con esos antecedentes, el 3 de marzo de 2005, después de más de cinco meses, interpuso recurso de amparo constitucional, que mereció la SC 1291/2005-R, que declaró la improcedencia de la acción al no estar dirigida contra todos los miembros del Tribunal Calificador, y si bien tenía la facultad de interponer un nuevo recurso al no haberse pronunciado el Tribunal en el fondo de la problemática, debió hacerlo dentro del plazo que aún quedaba teniendo en cuenta los seis meses, sin embargo, el recurrente interpone el presente recurso el 16 de febrero de 2006, es decir, a más de tres meses desde la notificación con la SC 1291/2005-R, producida el 21 de octubre de 2005.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en los casos en que
- III.2.
- después de más de cinco meses
- Fragmento 20
- REVOCAR