SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0063/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0063/2007-R

Fecha: 09-Feb-2007

improcedente

La Resolución de 19 de diciembre  de 2006, cursante de fs. 78 a 80  pronunciada por el Juez de Partido Ordinario de Sentencia en lo Penal y Liquidador de las provincias Pantaleón Dalence y Poopo del Distrito Judicial de Oruro, declaró improcedente el recurso con la siguiente fundamentación: 1) que en obrados existe una Resolución dictada por las autoridades recurridas en la que solicitan a otra autoridad, suspenda el servicio de transporte, no está suspendiendo si no que está esperando que otra autoridad disponga esa suspensión; 2) lo que existe son rencillas entre pueblos que el Tribunal de hábeas corpus no puede ofrecer una solución concreta, puesto que ello incumbe a otra jurisdicción; 3) no se encuentra vulneración alguna a derechos fundamentales previstos en el art. 7 inc. g) de la CPE,  por lo que es improcedente el recurso de hábeas corpus ya que éste fue creado para proteger a una persona ilegalmente perseguida, procesada o presa.