SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0076/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0076/2007-R

Fecha: 22-Feb-2007

II.3.

II.3.  Por oficio 226/06, de 1 de julio de 2006, remitieron el cuaderno procesal al correcurrido Tribunal Quinto de Sentencia en lo Penal, quien mediante decreto de 25 de ese mes y año, al considerar la inexistencia de fundamento legal para las excusas recibidas, máxime si al estar en la misma situación la jueza ciudadana María Maida Maese no se excusó, dispuso elevar antecedentes al Tribunal Superior (fs. 43 a 44).

         Remitidos los antecedentes en Consulta al Tribunal Sexto de Sentencia, éste, al considerar no corresponderle tomar conocimiento de la causa enviada, lo devolvió al Tribunal Quinto de Sentencia (fs. 45 a 49), el cual se lo volvió a remitir, dando lugar a que el Tribunal Sexto de Sentencia, mediante decreto de 1 de agosto de 2006 despache los antecedentes del caso ante la Corte Superior del Distrito para que esa instancia se pronuncie respecto a la competencia que le corresponde a cada tribunal (fs. 50).