Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0076/2007-R
Fecha: 22-Feb-2007
II.9.
II.9. A través del Auto de 27 de noviembre de 2006, el Tribunal Cuarto de Sentencia a su vez declinó competencia en el conocimiento del proceso y señaló como competente al Tribunal Quinto de Sentencia, por ende, suscitó conflicto de competencia para ante la Sala Plena de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, disponiendo el despacho de obrados a esa instancia para su conocimiento y Resolución (fs. 64), donde fue remitido (fs. 23) y se encuentra pendiente de resolución.
- recurso de hábeas corpus
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- b)
- c)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- Fragmento 17
- III.1. Lesiones al debido proceso y el hábeas corpus
- Fragmento 19
- III.2. Análisis del caso
- APROBAR