SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0078/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0078/2007-R

Fecha: 22-Feb-2007

II.2.

II.2.  El 11 de enero de 2006, se instaló la audiencia de conciliación, planteando el ahora recurrente, incidente de nulidad por defecto absoluto y objeción a la admisión de querella, por fungir como Diputado Nacional, mismo no considerado pues a criterio de la Jueza recurrida la audiencia señalada tenía como única finalidad la conciliación, sobre la que se negó la parte querellada pronunciarse, motivando la suspensión de la audiencia y disponiendo la autoridad jurisdiccional mediante Resolución de la misma fecha, se ponga en conocimiento del querellado, ahora recurrente, la querella y pruebas presentadas, para que dentro de diez días siguientes de su notificación legal, ofrezca sus pruebas de descargo, vencido el cual se dicte el auto de apertura de juicio oral (fs. 54 a 55 vta.).