SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0080/2007-R
Fecha: 23-Feb-2007
a)
El recurrido, Lino Pérez Estrada, Superintendente General de Minas, presentó informe escrito, cursante de fs. 86 a 87 vta. de obrados, en el cual expresó los siguientes argumentos: a) haciendo una valoración de los antecedentes del procedimiento de amparo administrativo minero que llegó en recurso jerárquico, cumpliendo su deber de aplicar pronta y correctamente la normativa administrativa minera, bajo los principios de economía, simplicidad y celeridad, mediante la Resolución “J” 01/06, de 3 de enero de 2006, confirmó la Resolución impugnada, pues constató que el demandante era legítimo titular de la concesión minera “Balasto”, adjudicada mediante la Resolución Constitutiva 108/2005, de 23 de junio; y de otro lado, los recurrentes no demostraron derechos o intereses mineros adjudicados a su favor, presentando solamente un derecho propietario en base a una Resolución Municipal posterior a la Resolución Constitutiva, pues fue emitida el 18 de octubre de 2005; b) las normas previstas por los arts. 4 y 24 del CM, establecen que la concesión minera es un derecho real distinto a la propiedad, y que la explotación minera es de utilidad pública, razones por las que se concedió el amparo administrativo, porque el mismo tiene el objeto de proteger al propietario de la concesión minera; c) el segundo párrafo del art. 142 y el art. 143 del CM facultan a la autoridad minera a recurrir al auxilio de la fuerza pública para efectivizar sus decisiones; d) lo relativo a la petición minera “Chachi” no fue de su conocimiento, porque el recurso jerárquico fue presentado fuera del plazo de ley; y e) mediante la SC 0468/2004-R, de 31 de marzo, se estableció que los recurrentes deben agotar el proceso contencioso administrativo antes de acudir al amparo constitucional, porque es de naturaleza subsidiaria. Finaliza solicitando la improcedencia del amparo constitucional solicitado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 15
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- REVOCAR