Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0090/2007-R
Fecha: 26-Feb-2007
II.15.
II.15.Dentro del amparo constitucional seguido por las coprocesadas Manira Narda Amonzabel y otras contra los hoy también recurridos, Director del SEDUCA La Paz y los miembros del Tribunal Disciplinario del SEDUCA, la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz declaró procedente el recurso, anuló obrados hasta la conformación del Tribunal Disciplinario conforme a derecho y dejó sin efecto los memorandos de suspensión sin goce de haberes, a través de la Resolución 07/2006, de 14 de febrero (fs. 118 a 121 vta.).