SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0091/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0091/2007-R

Fecha: 26-Feb-2007

III.3.

III.3. En el caso de autos, dentro del proceso penal  seguido por  Pedro José Richard Vaca Pardo, Mario Alfonso Ichaso Méndez y Gonzalo Prudencio Antezana, contra Ernesto Asbún Gazaui, Luis Eduardo Lozada Moya, Vladimir Mendizábal Aguayo y Oscar Eduardo Salinas Quiroga, por la presunta comisión del delito de apropiación indebida, previsto por el art. 345 del CP, el imputado Vladimir Mendizábal Aguayo, solicitó al Juez Quinto de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz, declinatoria de jurisdicción en razón del territorio, al Juez de Sentencia de turno del Distrito Judicial de Cochabamba, solicitud que fue rechazada mediante Auto de 7 de enero de 2006, disponiendo la prosecución de la causa conforme a ley, quedando legalmente notificadas las partes con dicha Resolución dictada en la audiencia oral. El 11 de enero de 2006, Jhonny Fernando Ramírez Prado, en representación legal de Ernesto Asbún Gazaui y Luis Eduardo Lozada Moya, formuló apelación contra el Auto de rechazo de declinatoria de jurisdicción en razón del territorio, siendo admitido por el Juez Quinto de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz, quien dispuso mediante proveído de 12 de enero de 2006, que con el recurso de apelación incidental, al amparo de lo previsto por el art. 405 del CPP, se emplace a los querellantes, para que en el término de tres días contesten el recurso y/o ofrezcan prueba. Es así, que el 13 de enero de 2006, el representado del hoy recurrente, Oscar Eduardo Salinas Quiroga, fue notificado con los actuados procesales, presentando el 17 de enero de 2006, a horas 17:00, memorial de adhesión al recurso de apelación interpuesto por Ernesto Asbún Gazaui y Luis Eduardo Lozada Moya, adhesión que fue declarada inadmisible por extemporánea, mediante Auto de 1 de febrero de 2006.