AUTO CONSTITUCIONAL 0062/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0062/2007-RCA

Fecha: 06-Mar-2007

improcedente in limine

Por Resolución 64/2006 de 9 de noviembre, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declaró improcedente in limine el recurso argumentando que: a) los poderdantes no agotaron todos los recursos que les franquea la ley de acuerdo con lo establecido por el art. 57 del Reglamento de Procedimiento Técnico Administrativo, al evidenciarse que Guillermo Cerda, Marcelino Chana Quenta, Francisco Santiago Paredes no plantearon el recurso jerárquico, que Juan Condori Mamani, Guillermo Condori Condori, Hugo Chejo Quenallata y Eliseo Cocarico Condori no interpusieron el recurso de revocatoria y tampoco el jerárquico, concurriendo la causal prevista en el art. 96.3 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC); y 2) la demanda no cumple el art. 97.III de la LTC pues no señala los hechos que la origina de manera clara y coherente.