Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0092/2007-RCA
Fecha: 19-Mar-2007
APROBAR, aunque con distinto argumento
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión resuelve APROBAR, aunque con distinto argumento el Auto Motivado 012/2006, de 16 de diciembre, cursante de fs. 50 a 51 vta. de obrados, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedente in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1
- Fragmento 6
- por no existir
- los derechos se ejercen y las obligaciones se cumplen
- en fecha “15 de junio de 2006”
- que sí tuvieron conocimiento de dicha Resolución
- APROBAR, aunque con distinto argumento