AUTO CONSTITUCIONAL 0104/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0104/2007-RCA

Fecha: 27-Mar-2007

3º      Recomendar

3º      Recomendar a la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, observar lo previsto por el art. 98 de la LTC, a efecto de otorgar el plazo de cuarenta y ocho horas para subsanar sólo los requisitos de forma exigidos por el art. 97.I, II y V de dicha Ley, ya que los demás contenidos en los parágrafos III, IV y VI, al constituir requisitos de contenido resultan ser insubsanables y ante su inexistencia corresponde  rechazar in limine el recurso.