SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0092/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0092/2007-R

Fecha: 05-Mar-2007

Consejo Universitario el que previa resolución  procede a la extensión del nombramiento  del postulante  para PROFESOR ADJUNTO

     En este sentido, el Capítulo III, el Reglamento General del Profesor Universitario, prescribe sobre el Régimen de Ingreso y Admisión a la Carrera del Profesor Universitario, estableciendo en el Título I el  procedimiento de selección y admisión de docentes, señalando en el art. 25  que éste es por concurso de méritos, examen de competencia, prueba vocacional y de aptitud docente, concordante con los arts. 4, 6, 27, 28, 34, 35 y 36 del Reglamento del Escalafón Docente. Una vez superados el concurso de méritos y el examen de competencia, se procede a la adjudicación de la Cátedra, conforme lo dispone el art. 42 del citado Reglamento, de la que se levanta un acta  debiendo el Tribunal otorgar un certificado  de aprobación. El acta pasa al Consejo Directivo en revisión, quien a su vez la eleva al Consejo Universitario el que previa resolución  procede a la extensión del nombramiento  del postulante  para PROFESOR ADJUNTO, con dicho nombramiento el postulante se incorpora  al Escalafón Docente Universitario, de conformidad con el art. 43 del mismo Reglamento.