SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0092/2007-R
Fecha: 05-Mar-2007
Consejo Universitario el que previa resolución procede a la extensión del nombramiento del postulante para PROFESOR ADJUNTO
En este sentido, el Capítulo III, el Reglamento General del Profesor Universitario, prescribe sobre el Régimen de Ingreso y Admisión a la Carrera del Profesor Universitario, estableciendo en el Título I el procedimiento de selección y admisión de docentes, señalando en el art. 25 que éste es por concurso de méritos, examen de competencia, prueba vocacional y de aptitud docente, concordante con los arts. 4, 6, 27, 28, 34, 35 y 36 del Reglamento del Escalafón Docente. Una vez superados el concurso de méritos y el examen de competencia, se procede a la adjudicación de la Cátedra, conforme lo dispone el art. 42 del citado Reglamento, de la que se levanta un acta debiendo el Tribunal otorgar un certificado de aprobación. El acta pasa al Consejo Directivo en revisión, quien a su vez la eleva al Consejo Universitario el que previa resolución procede a la extensión del nombramiento del postulante para PROFESOR ADJUNTO, con dicho nombramiento el postulante se incorpora al Escalafón Docente Universitario, de conformidad con el art. 43 del mismo Reglamento.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Consejo Universitario el que previa resolución procede a la extensión del nombramiento del postulante para PROFESOR ADJUNTO
- Adjuntos,
- III.2..
- APROBAR