SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0092/2007-R
Fecha: 05-Mar-2007
III.1.
El art. 2 del Estatuto de la UAGRM, establece: "La Universidad se gobierna democráticamente, con la participación de los profesores y alumnos que la integran, dentro el régimen paritario de representación y de conformidad a las disposiciones contenidas en este Estatuto y en los Reglamentos que dicten, para su desenvolvimiento interno, las autoridades universitarias, competentes".
Norma estatutaria que claramente, determina que la Universidad se rige internamente, por el Estatuto y sus Reglamentos. Es así que, en el caso de autos, el recurrente Federico Valdivia Altamirano, afirma ser catedrático ordinario adjunto, calidad que le garantizaría por una parte, la inamovilidad docente y por otra gozar de los derechos establecidos para los docentes en el Reglamento General del Profesor Universitario y del Reglamento del Escalafón docente. Por ello, es imprescindible constatar esa condición de docente ordinario adjunto.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Consejo Universitario el que previa resolución procede a la extensión del nombramiento del postulante para PROFESOR ADJUNTO
- Adjuntos,
- III.2..
- APROBAR