Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0092/2007-R
Fecha: 05-Mar-2007
II.7.
II.7. El recurrente mediante nota de 23 de septiembre de 2005, hizo conocer a la Asociación de Docentes de la Facultad de Ciencias Económicas y Financieras, que no se le asignó ningún grupo ni carga horaria para impartir docencia (fs. 4). De la misma forma se dirigió al Decano de la Facultad de Ciencias Económicas y Financieras, por nota de 10 de octubre para que proceda a programarlo como docente (fs. 6).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Consejo Universitario el que previa resolución procede a la extensión del nombramiento del postulante para PROFESOR ADJUNTO
- Adjuntos,
- III.2..
- APROBAR