SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0121/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0121/2007-R

Fecha: 12-Mar-2007

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El abogado del recurrente ratificó íntegramente su recurso y lo amplió indicando haberlo planteado en apego a las normas y procedimientos del Estatuto de la agrupación ciudadana “AVE”,  que  establece como uno de sus principios, el respeto a las normas y leyes vigentes, además de la participación libre y democrática de las personas que deben estar sometidas a un proceso interno, con procedimientos adecuados a los preceptos del indicado Estatuto, los cuales no se cumplieron en el proceso interno instaurado en su contra. Aclaró que no puso en duda en ningún momento la citación para asumir defensa en ese proceso, y acepta la misma  cuestionando mas bien la forma en que se desarrolló el indicado proceso, así como la Resolución emitida por los recurridos, de la que tomó conocimiento a través de la solicitud de certificación efectuada ante la Corte Departamental Electoral, mucho tiempo después, por cuanto nunca recibió comunicación alguna sobre ésta para asumir su defensa como corresponde. Con ello demuestra el quebrantamiento total a las normas y procedimientos establecidos en el Estatuto de “AVE”, que prevé que el Tribunal de Honor, dictada su Resolución, debe derivarla ante la asamblea extraordinaria, para que ésta sea la que determine si corresponden las sanciones impuestas o no; es decir, aprobar o rechazar la Resolución, extremo que no se dio en su caso particular, concluyéndose la flagrante violación al derecho a la defensa y al debido proceso a partir de la notificación con el proceso interno. Al concluir reiteró su solicitud de procedencia del recurso.