Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0121/2007-R
Fecha: 12-Mar-2007
II.8.
II.8. Por publicación de prensa de 17 de agosto de 2005, se dio a conocer que el suplente del recurrente fue posesionado como nuevo integrante del Concejo Municipal (fs. 17) y el 4 de febrero de 2006, la prensa escrita difundió que el recurrente no volvería más al Concejo Municipal, en mérito al informe de la Corte Departamental Electoral, que acredita su expulsión de AVE (fs. 19).