Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0125/2007-R
Fecha: 12-Mar-2007
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que ejerce por mandato de los arts. 19.IV, 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, resuelve REVOCAR la Sentencia 24 de 4 de abril de 2006, cursante de fs. 146 a 147, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz y DENIEGA el recurso interpuesto por el recurrente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El amparo no constituye una instancia más dentro del proceso judicial
- III.2. Los presupuestos para la revisión excepcional de la valoración probatoria realizada por las autoridades judiciales
- III.3. Análisis del caso que se examina
- REVOCAR