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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0133/2007-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0133/2007-R

    Fecha: 14-Mar-2007

    conceder

             En el caso que se revisa, el tribunal de garantías no utilizó adecuadamente la terminología que rige para la resolución de los recursos de amparo constitucional, y pese a haber ingresado al análisis de fondo de la problemática planteada, declaró “procedente el recurso”, cuando el término correcto era “conceder el amparo solicitado”.

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.1.
    • 1)
    • procedente”
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3
    • II.4
    • II.5
    • II.7
    • II.9
    • II.10
    • a)
    • ordenanzas como normas generales del municipio
    • Fragmento 17
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4. “
    • conceder
    • REVOCAR

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