SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0133/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0133/2007-R

Fecha: 14-Mar-2007

I.2.1.

El abogado del recurrente señaló que iniciaron el trámite de licencia de funcionamiento en sucesivas cartas reiterativas. Lo que se discute es el procedimiento para clausurar, porque no se les hizo conocer los informes del Oficial de Régimen Humano y  Oficial de Finanzas, para poder subsanar, aclarar o corregir, a efectos de conseguir la licencia, no habiendo existido debido proceso, encontrándose en indefensión, porque además no fueron notificados con las Resoluciones Administrativas.