SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0150/2007-R
Fecha: 20-Mar-2007
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 7 de febrero de 2007 (fs. 19 y vta.), la recurrente asevera que la autoridad judicial recurrida en el proceso penal seguido por María Luisa Carrión Lima en su contra y otros, por la supuesta comisión del delito de falsedad material, a simple solicitud de la querellante formulada el “17” de abril de 2006, sin tener presente que mediante memoriales se acogió al derecho de guardar silencio e impetró se le apliquen medidas sustitutivas a la detención preventiva por la aplicación anticipada del actual Código de Procedimiento Penal; ordenó se libre mandamiento de aprehensión en su contra y de los demás imputados, sin fundamento ni respaldo legal, sin señalar día y hora de audiencia para su indagatoria y sin haberle citado con mandamiento de comparendo, estando ilegalmente perseguida desde el 2 de febrero de 2006; por lo que al no existir otro recurso, es que interpone la presente acción tutelar.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3 Intervención de la tercera interesada
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 17
- III.2.
- Fragmento 19
- APROBAR