Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0150/2007-R
Fecha: 20-Mar-2007
II.4.
II.4. Por memorial presentado el 11 de enero de 2006 (fs. 49), la recurrente solicitó la suspensión de la audiencia indagatoria, argumentando haberse acogido al derecho de guardar silencio a través del memorial de 14 de abril de 2003 y ante la inexistencia de ley que obligue la indagatoria o a declarar contra sí misma. Por decreto de 12 de enero de 2006 (fs. 49 vta.), la Jueza recurrida dispuso considerarse en audiencia.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3 Intervención de la tercera interesada
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 17
- III.2.
- Fragmento 19
- APROBAR