SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0158/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0158/2007-R

Fecha: 21-Mar-2007

Juez Tercero Instructor

         Respecto a la actuación del Juez Tercero Instructor en lo Penal Cautelar de Oruro, autoridad que no obstante los reclamos efectuados por los recurrentes, para que ejerza el control jurisdiccional, velando por que se respeten los derechos y garantías de la imputada, garantizándole su defensa técnica mediante un profesional abogado, se constata que derivó el conocimiento de dichas actuaciones ilegales de la Fiscal correcurrida a la vía llamada por ley, mediante el decreto cuestionado, respecto al cual los recurrentes debieron pedir reposición, recurso previsto por el art. 401 del CPP, antes de recurrir vía amparo constitucional, en reclamo de la reparación de lo que considera sus derechos lesionados, al no hacerlo dejó precluir su derecho, no siendo este recurso constitucional sustitutivo de los recursos ordinarios ni suple la negligencia de las partes, además de poder insistir en su reclamo ante el Juez Cautelar para que cumpla con su rol encomendado por el art. 54.1) del CPP.