SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0168/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0168/2007-R

Fecha: 22-Mar-2007

denegó

Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional denegó la tutela solicitada por cuanto el debido proceso es una garantía de legalidad procesal que evita se afecten derechos y en el caso examinado, los Vocales recurridos, al admitir el recurso de casación interpuesto por Luis Oni Torrez Gómez Ortega han obrado correctamente y sujetándose  a lo dispuesto por los arts. 301 y 305 del CPP.1972, interpretando acertadamente el art. 335 del mismo cuerpo normativo. Por otra parte al haberse pronunciado en el fondo del recurso de casación ha privilegiado la ley penal en relación a la “Ley del Economista”, en cumplimiento al art. 228 del a CPE.