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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0171/2007-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0171/2007-R

    Fecha: 23-Mar-2007

    II.3.

    II.3.  Mediante Auto motivado 40/07 de 24 de enero de 2007 (fs. 65 a 69) el Juez ahora recurrido individualizando a cada uno de los imputados, ordenó la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva contra los recurrentes y otros, a cumplirse en el centro de rehabilitación “Palmasola” de Santa Cruz.

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • 1)
    • a)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 11
    • la protección que brinda el Recurso de hábeas corpus en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión
    • a través de este recurso no se pueden examinar 'actos o decisiones del recurrido que no estén vinculados a los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción
    • Fragmento 14
    • III.3. Subsidiariedad ante impugnación de imposición de medidas cautelares
    • prevé el de apelación contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares
    • APROBAR

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