Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0174/2007-R
Fecha: 23-Mar-2007
b)
b) En cuanto a la otra problemática, el requerimiento de 25 de enero de 2007, sólo cumplió con la formalidad de insertar los nombres de los imputados; sin embargo, el representado del recurrente, no fue comprendido en la exposición de los hechos, ya que no se afirmó que hubiera participado, ni se le atribuyó la comisión de algún delito; por el contrario, se sostuvo que no fue identificado en el acto de reconocimiento de personas por los testigos, por lo que se solicitó su deportación. Recién en la audiencia cautelar, la Fiscal recurrida afirmó que el representado del recurrente participó en los hechos, solicitando su detención.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- b)
- c)
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- i)
- III.1.
- es dirigido contra una autoridad distinta pero de la misma institución, rango o jerarquía e idénticas atribuciones, a la que cometió efectivamente el acto ilegal,
- III.2.
- III.3.