Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0174/2007-R
Fecha: 23-Mar-2007
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente ratificó su demanda y la amplió señalando que la denuncia se presentó el “6” de enero de 2007 y el 24 del mismo mes y año, es decir, veinte días después, efectivos de la FELCC se constituyeron en el domicilio particular de su representado y después de allanarlo, procedieron a su aprehensión sin mandamiento y sin presencia fiscal. Por otra parte, enfatizó que su representado no incurrió en ninguna conducta antijurídica conforme se tiene del contenido de la imputación formal; no obstante, el Juez recurrido no anuló obrados como correspondía y dispuso su detención preventiva pese a que la Fiscal no lo solicitó.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- b)
- c)
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- i)
- III.1.
- es dirigido contra una autoridad distinta pero de la misma institución, rango o jerarquía e idénticas atribuciones, a la que cometió efectivamente el acto ilegal,
- III.2.
- III.3.