Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0174/2007-R
Fecha: 23-Mar-2007
c)
c) La imputación formal no sólo debe cumplir un requisito formal, sino que debe estar rodeada de circunstancias materiales que técnicamente se conocen como los hechos que se exponen, explicando que incidencia tiene con el delito atribuido y de que manera en esos hechos ha participado el imputado, es decir, debe estar fundamentando.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- b)
- c)
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- i)
- III.1.
- es dirigido contra una autoridad distinta pero de la misma institución, rango o jerarquía e idénticas atribuciones, a la que cometió efectivamente el acto ilegal,
- III.2.
- III.3.