SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0220/2007-R
Fecha: 03-Abr-2007
a)
Las autoridades demandadas manifestaron lo que sigue: a) El recurrente se presentó a la convocatoria 002/2006, cuya evaluación era “escalonada” (sic), primero se examinaba el currículo, luego un examen escrito y posteriormente un examen oral, en éste último examen en un bloque obtuvo treinta puntos y en el segundo treinta y un puntos, cuando cada bloque tenía un valor de cincuenta puntos y mínimamente se requería que el postulante tenga una puntuación de treinta y cinco puntos para aprobar cada bloque; por lo que el recurrente fue reprobado en ese examen oral; b) El Tribunal Calificador recurrido a fin de apoyar al postulante, lo llamó a la entrevista -error que el recurrente argumenta haberse cometido por el Tribunal del Concurso- pero, en la entrevista sólo obtuvo dos puntos que sumados a los que logró en su examen, no reunía los setenta puntos requeridos para acceder al curso que se dicta en el Ministerio Público en la ciudad de Sucre; c) El recurrente después del examen fue notificado legalmente con las calificaciones que alcanzó; d) El recurrente impugnó esa calificación ante el Tribunal Evaluador, pero en el examen oral no está prevista ninguna impugnación, cual señala la convocatoria [inciso b) numeral 3], la calificación que se establezca es definitiva y no cabe recurso ulterior; e) Desconociendo lo prescrito en la convocatoria el recurrente apeló sin fundamento alguno; f) Sus autoridades no violentaron derecho alguno del recurrente, y seguramente habrán muchas otras convocatorias en las que el postulante tendrá el tiempo suficiente para poder prepararse y acceder a la carrera fiscal. Solicitaron se declare improcedente el recurso.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- denegó
- II.1.
- 1)
- II.2.
- II.4.
- III.1. Agotamiento de instancias administrativas de reclamo
- la prueba debe demostrar que los hechos supuestamente ilegales ocurrieron
- sin que ello signifique su tácita aprobación de los anteriores bloques,
- APRUEBA