Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0220/2007-R
Fecha: 03-Abr-2007
APRUEBA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, con los fundamentos expuestos, en revisión APRUEBA la 94/2006 de 27 de octubre, cursante de fs. 30 a 31 pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- denegó
- II.1.
- 1)
- II.2.
- II.4.
- III.1. Agotamiento de instancias administrativas de reclamo
- la prueba debe demostrar que los hechos supuestamente ilegales ocurrieron
- sin que ello signifique su tácita aprobación de los anteriores bloques,
- APRUEBA