SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0220/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0220/2007-R

Fecha: 03-Abr-2007

II.2.

II.2.          Mediante acta individual de evaluación de examen oral, de 28 de septiembre de 2006 (fs. 6) suscrita por las autoridades ahora recurridas y por el hoy recurrente, consta que éste fue excluido de la referida convocatoria, por haber obtenido treinta puntos en el bloque de Derecho Penal Sustantivo y Criminología, y treinta y un puntos en el bloque de Derecho Procesal Penal, sumando un total de sesenta y un puntos sobre cien, situación que señala el acta fue notificada a la culminación de su prueba al recurrente, firmando en constancia junto a todo el Tribunal de Concurso.

El mismo día, el recurrente impugnó la calificación del citado examen ante el Tribunal Distrital de Concurso (fs. 2 y vta.), mereciendo la determinación de dicho Tribunal de esa fecha (fs. 3), que señaló no haber lugar a tal impugnación, aclarando que el Tribunal de Concurso había permitido al recurrente acceder a la entrevista oral “ampliando lo favorable y restringiendo lo odioso” (sic), sin que ello signifique su tácita aprobación del examen oral de los bloques mencionados, “aspecto que fue debidamente notificado inmediatamente de concluido el examen oral, tal como consta en el acta en la que firmó el postulante” (sic).