Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0232/2007-R
Fecha: 10-Abr-2007
II.7.
II.7. Mediante Resolución de 9 de enero de 2006 (fs. 183 a 194) el correcurrido Director Ejecutivo de la CNS resolvió el citado recurso jerárquico determinando responsabilidad administrativa contra la recurrente, por lo que ratificó por completo la Resolución Administrativa Sumarial, confirmando la sanción de destitución sin goce de beneficios sociales y con el pago de sus quinquenios consolidados únicamente, argumentando que las pruebas presentadas en el proceso no desvirtuaron los hechos denunciados contra la recurrente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- Fragmento 13
- Toda persona natural o jurídica que preste servicios intelectuales o materiales a otra, sea esta natural o jurídica, en cuya relación concurran las características señaladas por el artículo primero, se encuentra dentro del ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo y goza de todos los derechos reconocidos en ella
- jurisdicción especial del Trabajo y Seguridad Social
- Fragmento 16
- III.2 Caso analizado
- APRUEBA