Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0232/2007-R
Fecha: 10-Abr-2007
II.8.
II.8. En gestión procesal de este Tribunal figura la SC 0095/2007-R de 5 de marzo, que aprobó la improcedencia del recurso de amparo constitucional interpuesto por la recurrente contra los miembros del Tribunal Sumariante, identificado con el expediente 2006-13750-28-RAC, con el fundamento principal de que la recurrente no cumplió con los requisitos para la tutela del derecho de petición que invocaba respecto de las fotocopias legalizadas del proceso interno que se le siguió, y que a decir de ella, no le fueron franqueadas por dicho Sumariante, requisitos establecidos en la SC 0310/2004-R de 10 de marzo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- Fragmento 13
- Toda persona natural o jurídica que preste servicios intelectuales o materiales a otra, sea esta natural o jurídica, en cuya relación concurran las características señaladas por el artículo primero, se encuentra dentro del ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo y goza de todos los derechos reconocidos en ella
- jurisdicción especial del Trabajo y Seguridad Social
- Fragmento 16
- III.2 Caso analizado
- APRUEBA