SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0261/2007-R
Fecha: 12-Abr-2007
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 388/2006 de 20 de noviembre, cursante de fs. 387 a 388 vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por José Marcelo Ortuste Gonzáles en representación de José Santiago Flores Balanza y de la Empresa de Sistemas de Importación y Servicios Ltda. “(SISER) S.R.L” contra Juan José Gonzáles Osio y Eddy Wálter Fernández Gutiérrez, Ministros de la Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia, Sergio Ergueta Murillo, Wilfredo Cossio Aguilar y Alfonso Palazuelos Peñarrieta, Vocales de la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; Gustavo Uzeda Uzeda y Miriam Aguilar Rodríguez, ex Juez y Jueza “Quinta” de Partido de Trabajo y Seguridad Social del mismo Distrito Judicial; Carlos Trotz Galarza, Jorge Hugo Farfán Murga, David Guillermo Luque, Gregorio Mamani Orellana, Edgar Torres Pari, José Antonio Polo Tupa, Francisco Mamani Orellana y Hugo Wilfredo Arevalo Escobar, alegando la vulneración de los derechos de su mandante al acceso a la justicia, a tener personalidad y capacidad jurídica, a la seguridad jurídica, a la defensa y de la garantía del debido proceso, consagrados en los arts. 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), 6, 7 inc. a) y 16.II y IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades y personas recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III.1. El principio de subsidiariedad en el amparo contra decisiones judiciales
- III.2. El caso ahora analizado
- SC 0348/2005-R
- respecto a que el Tribunal recurrido hubiese actuado sin competencia, este es un aspecto que no corresponde ser considerado a través del presente recurso
- III.4. Respecto de la actuación de los Vocales y Ministros correcurridos
- denegado
- APRUEBA