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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0307/2007-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0307/2007-R

    Fecha: 23-Abr-2007

    II.5.

    II.5.    En cumplimiento del decreto de 17 de mayo de 2006 (fs. 3 vta.), la Oficial de Diligencias de la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, informó que el 4 de mayo de 2006, notificó a Bernardo Mamani Argandoña y Gervasia Quispe de Mamani, con la Resolución 215/2006 mediante cedulón en su domicilio sito en calle Figueroa 788, oficina 3 edificio Ramírez, domicilio que no fue objeto de modificación en el proceso.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • o en su caso de un testigo que será debidamente identificado y firmará también en la diligencia
    • domicilio
    • III.3.   Caso analizado
    • III.4.

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