SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0313/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0313/2007-R

Fecha: 24-Abr-2007

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

La Presidenta a.i. del SNC mediante Resolución Presidencial 062/2006 de 27 de marzo, estableció una escala salarial en sujeción y apego a los Decretos Supremos  (DDSS) 28609 y 28618, reduciendo las remuneraciones para las autoridades jerárquicas , en cuyo cuadro 1 “A”, le bajan su nivel profesional 1“A” a profesional 1”D” confirmando este nivel en el punto 1.6.8 que dispone: con excepción de la Oficina Regional de Pando, donde el Jefe Regional estará en el nivel “B” y para el personal profesional, operativo y de servicios nivel “D” evidenciando la injusta e ilegal rebaja, debiendo considerarse  que su persona no se encuentra dentro del ámbito de aplicación de los mencionados Decretos Supremos de nueva escala salarial para los servidores públicos de jerarquía y, toda vez, que como profesional tiene el derecho de ser tratado igual que todos los demás funcionarios profesionales del SNC, y los que trabajan en frontera, como su persona, tiene derecho a un beneficio que no se les canceló desde la gestión 2002. Luego, para compensar la rebaja injusta, empiezan a cancelarle el subsidio como parte de su salario.

Una vez dictada la Resolución Presidencial 062/2006, junto a otros funcionarios presentaron recurso de revocatoria que no mereció respuesta alguna, por lo que ante el silencio administrativo interpusieron recurso jerárquico que fue admitido por la Superintendencia de Servicio Civil el 17 de octubre de 2006, y resuelto mediante la Resolución Administrativa (RA) IRJ/161/2006 de 29 de noviembre, que no se pronunció sobre el fondo de su reclamo.